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Hace unos cuatro años que vivimos en una edificación nueva, dispuesta en 5 bloques de pisos con patio y jardín central, y a ambos lados del edificio hay 7 casitas unifamiliares con entrada individual cada una. Los presidentes que realizaron las gestiones para solicitar cif y libro de actas de la comunidad, no incluyeron a los unifamiliares como vecinos obligados al mantenimiento de la misma, suponiendo que el hecho de no entrar a su vivienda por el patio les excluía.

Solicité al constructor escritura del edificio de nueva construcción. La sorpresa que me llevé fue al comprobar que las viviendas tenían cada una un 2% de cuota de participación. Son varias las dudas que se me plantean. Ésta es la primera convocatoria que se va a realizar según la presente legislación, por eso creo que las casas no aceptarán este planteamiento, aunque lo ponga en las escrituras. ¿Cuál debe ser mi respuesta? ¿Se les tiene que cargar la cuota proporcional de seguro comunitario, así como el gasto del jardín? Tengo entendido que se debe hacer una mancomunidad, con distintos cif para los bloques, ¿las casas deben constituirse en otra comunidad independiente?


El hecho de que inicialmente no se imputaran a algunos propietarios gastos de Comunidad no significa que estén excluídos a perpetuidad, porque de acuerdo con el artículo 9.1.e) de la Ley de Propiedad Horizontal, todos los propietarios están obligados a contribuir a los gastos comunes de acuerdo con su coeficiente respectivo.

La aceptación de las obligaciones no es cuestión de votaciones ni de mayorías, sino de cumplir la Ley. Por supuesto que tienen que pagar la parte proporcional de seguro y de mantenimiento de jardín.

En cuanto a la Mancomunidad, no es necesaria. De hecho, lo que existe es una Comunidad formada por todos, y varias Subcomunidades de Bloques, pero no es imprescindible obtener CIF y Libro de Actas para cada una, aunque si lo consideran oportuno pueden hacerlo.