Les agradecería que me indicasen si existe
algún tipo de legislación sobre la instalación
de antenas de telefonía móvil y los posibles perjuicios
que pudieran ocasionar. Muchas gracias.
Desde el punto de vista comunitario, la instalación de antenas de telefonía
móvil en la cubierta se considera como "arrendamiento de elementos comunes
que no tienen asignado un uso específico en el inmueble", para los que
el artículo
17.1 de la Ley establece doble mayoría (de propietarios
y cuotas) del 60%, y prevé que se consideren favorables los votos de
los ausentes, a menos que comuniquen su oposición por escrito al Secretario,
dentro de los treinta días siguientes al que les fue comunicado el acuerdo.
Como el precitado artículo incluye también la necesidad del consentimiento
del propietario directamente afectado, si lo hubiere, hay que tener en cuenta
que pueden considerarse afectados tanto los residentes en el edificio que utilicen
marcapasos o cualquier otro dispositivo médico que pueda verse afectado
por los campos electromagnéticos del repetidor, como los vecinos próximos
físicamente a la antena (últimos pisos) que se verán expuestos
a niveles más altos de campos electromagnéticos, así como
quienes no quieran asumir el posible riesgo para su salud y la de su familia,
y quienes consideren que puede depreciarse el valor de su propiedad.
Hay quienes opinan que el acuerdo debe tomarse por unanimidad, en base a la posible
alteración de la estructura del edificio por el sobrepeso que puede representar,
y también por la construcción de la caseta que lleva consigo, pero
de momento no hay jurisprudencia que se incline por una u otra interpretación.
Legalmente, algunos Ayuntamientos han establecido una ordenanza municipal que
regula la instalación de estas antenas y muchos otros la están
preparando, mientras que el Ministerio de Ciencia y Tecnología también
tiene en proyecto de Real decreto con el reglamento de desarrollo de la Ley general
de telecomunicaciones, en lo relativo a las servidumbres, límites de exposición
y otras restricciones a las emisiones radioeléctricas.
En cuanto a la salud, no existe acuerdo entre los científicos sobre los
riesgos para la salud humana de la exposición a las ondas de una antena
de telefonía móvil, pero sí el consenso sobre que no está demostrado
que la exposición a estas ondas sea inocua.
En este sentido, la Organización Mundial de la Salud inició un
proyecto en el año 1996, que pretende fijar unos límites de exposición
uniformes para todos los países, y cuyas conclusiones expondrá en
2005 o 2006.
|
|
|