El 5% del Fondo de Reserva
que las Comunidades de Propietarios están obligadas a incluir
en sus presupuestos anuales, ¿lo costea cada uno de los
comuneros o se descuenta del total del presupuesto ordinario? ¿ese
5% se ingresará en una cuenta corriente diferente a la ordinaria,
y destinada únicamente a gastos de conservación del
edificio?
El Fondo de Reserva se constituye, aparte del Presupuesto Ordinario, y por todos
los comuneros, incluyendo plazas de garaje, trasteros, locales y todas las fincas
que forman parte del edificio.
No es necesario abrir una cuenta independiente
con la recaudación del Fondo de Reserva, porque ello puede dificultar
la pronta disposición del mismo en caso de urgente necesidad para atender
a una reparación imprevista, y porque su dotación mínima
del 5% del Presupuesto ordinario supone una cuantía mínima, casi
testimonial, que no justifica que se tenga en cuenta aparte, ni siquiera por
la posible rentabilidad de su depósito.
Consulte nuestro estudio monográfico sobre el
fondo de reserva.
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