Hace unos cuatro
años que vivimos en una edificación nueva, dispuesta en
5 bloques de pisos con patio y jardín central, y a ambos lados
del edificio hay 7 casitas unifamiliares con entrada individual cada una.
Los presidentes que realizaron las gestiones para solicitar cif y libro
de actas de la comunidad, no incluyeron a los unifamiliares como vecinos
obligados al mantenimiento de la misma, suponiendo que el hecho de no
entrar a su vivienda por el patio les excluía.
Solicité al constructor escritura del edificio de nueva construcción.
La sorpresa que me llevé fue al comprobar que las viviendas tenían
cada una un 2% de cuota de participación. Son varias las dudas que se
me plantean. Ésta es la primera convocatoria que se va a realizar según
la presente legislación, por eso creo que las casas no aceptarán
este planteamiento, aunque lo ponga en las escrituras. ¿Cuál debe
ser mi respuesta? ¿Se les tiene que cargar la cuota proporcional de seguro
comunitario, así como el gasto del jardín? Tengo entendido que
se debe hacer una mancomunidad, con distintos cif para los bloques, ¿las
casas deben constituirse en otra comunidad independiente?
El hecho de que inicialmente no se imputaran a algunos
propietarios gastos de Comunidad no significa que estén excluídos
a perpetuidad, porque de acuerdo con el artículo
9.1.e) de la Ley de Propiedad Horizontal, todos los propietarios están
obligados a contribuir a los gastos comunes de acuerdo con su coeficiente respectivo.
La aceptación de las obligaciones no es cuestión de votaciones
ni de mayorías, sino de cumplir la Ley. Por supuesto que tienen que pagar
la parte proporcional de seguro y de mantenimiento de jardín.
En cuanto a la Mancomunidad, no es necesaria. De hecho, lo que existe es una
Comunidad formada por todos, y varias Subcomunidades de Bloques, pero no es imprescindible
obtener CIF y Libro de Actas para cada una, aunque si lo consideran oportuno
pueden hacerlo.
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